Fascistas de “Acción legionara” sacarán a luz las falacias del lobby gay (“Adelanto de la entrevista”, 25/05/2014)

– La entrevista tendrá aproximadamente 10 preguntas.

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“Las dos primeras respuestas han resultado ser las más generosas. Servirán como introducción a lo que sigue. La respuesta a la primera pregunta básicamente estriba en que a los jóvenes se les plantea un falso dilema: estar a favor de los gays y la unión civil o estar en contra de este contubernio y detestar a los homosexuales. Esto no es más que una presión psicológica de aquellos dirigentes canallas y sus tontos útiles. Existen, aunque el lobby gay no lo admita, personas que se oponen a la unión civil homosexual por un tema jurídico y de valores. La gente que atenta contra la familia tradicional se quiere llenar la boca de libertad e igualdad pero terminan atragantándose con un relativismo senil y populista. Mientras otros jóvenes hablan de la verdadera libertad, la cual implica normas y valores que el lobby gay quiere volver laxos a la fuerza. Pero los principios y valores de miles de jóvenes seguirán firmes y en pie de lucha contra sentimentalismos y populismos.”

 

Gorka, director de “Entre fachas y rojos”.

 

 

 

1.- ¿Negarse a la unión civil entre homosexuales te hace homofóbico? ¿O es un slogan del lobby gay?

 

Antes de responder a esta pregunta, primero hemos de tocar un tema que esta muy relacionado, para poder comprender a cabalidad las múltiples estrategias para convencer a las personas, no solo usadas por lobbys del más diverso tipo sino también por particulares, para obtener un beneficio o una ventaja a su favor, sea cual sea su fin personalista o sectario perseguido; curioso es que el auge del sistema del relativismo cultural este muy ligado con la negativa de las personas a establecer juicios o poner en duda ciertos racionamientos, dada la expansión nefasta de este tipo de pensamiento, así mismo, el actuar de muchos colectivos politizados responden a este mismo sistema que les da el beneficio –ante su aplicación– de saltarse y evitar todo debate racional y con ello imponer ideas, la mayor parte de veces equivocadas, de una manera muy sencilla.

 

El Relativismo. Principalmente la influencia del relativismo como sistema filosófico se ha visto plasmada en el terreno de la moral, en su forma de relativismo cultural, pero también en el terreno epistemológico, con la tesis de la imposibilidad de llegar a un conocimiento científico certero u verdad universal –Popper en ello– creando un vacio enorme en el conocimiento y la moral humana.

Es así que el relativismo cultural sentencia: “No hay verdad universal en ética; esto es, no hay verdades morales que valgan para todos los pueblos en todas las épocas.”[1]

 

Visto este pequeño acercamiento al relativismo, ¿Qué de cierto será el hecho que se alega que no existen verdades morales que valgan para todos los pueblos? o ¿Qué no es posible llegar a un conocimiento certero del mundo empírico? Detengámonos un momento para efectuar las aclaraciones respectivas; ya que no pretendemos hacer de este artículo una tesis filosófica, solo daremos aproximaciones a estos temas complejos para que el lector pueda sacar sus propias conclusiones, siendo así que, finiquitaremos rápidamente este asunto para entrar de lleno al tema que nos concierne. Por lo que con un sencillo ejemplo graficaremos el panorama y la falacia del relativismo:

 

Ejemplo 1: Relativismo cultural

 

“En la sociedad “A” honran a sus muertos enterrándolos; en la sociedad “B” honran a sus muertos comiéndoselos y entre ambas se sostiene que el comportamiento del otro es erróneo”. Consecuencia lógica influenciada por el relativismo: no hay verdad objetiva en los hechos sobre cómo disponer de las personas después de muertas por lo tanto ambas pueden ser correctas e incorrectas”. “Es simplemente una cuestión de opinión que varia de cultura en cultura.”[2]

 

Ejemplo 2: Relativismo Epistemológico

 

En el supuesto que aún no se conociese la verdad objetiva de la característica esferoidal de la tierra: “En la sociedad “A” se piensa que la tierra es plana; en la sociedad “B” se piensa que la tierra es redonda y entre ambas se sostiene que las teorías sostenidas por el otro son erróneas”. Consecuencia lógica influenciada por el relativismo: no hay verdad objetiva respecto a la característica esferoide de la tierra, por ende ambas pueden ser teorías validas o invalidas.

 

Como podrán ver, la principal falacia del relativismo está en hacer del desacuerdo una verdad absoluta desconociendo la existencia de una verdad objetiva, sumando a ello una cierta infabilidad del actuar humano. ¿Acaso el desacuerdo entre los que piensan que la tierra es plana y entre los que piensan que la tierra es redonda implica que no haya una verdad objetiva en geografía? Obviamente que no. Así mismo, ¿Qué haya desacuerdo entre una sociedad que entierra a sus muertos y entre otra que se los come implica que no haya una forma correcta de honrarlos? Obviamente que no, puesto que el hombre no es un ser infalible en su actuar, tiende a equivocarse y generalmente lo que cambia es el sistema de creencias, mas los valores son universales. El decir la verdad, el no matar a inocentes, el proteger la vida, en todas las sociedades son valores mínimos para asegurar la existencia de las sociedades. Es así que sí podemos hablar tanto de valores morales objetivos y universales como de verdades objetivas y universales en el pensamiento científico.

 

La presión psicológica, la principal arma de las falacias.

 

Sin embargo, esta teoría aún sigue atrayendo hasta a la gente más inteligente, y es por ello que muchos que se han visto influenciados por este tipo de sistema  –que es la gran mayoría, así como por el subjetivismo ético del “si yo creo que es correcto está bien y si creo que es incorrecto está mal”–, ante el falaz juicio de imposibilidad de alcanzar una verdad racional objetiva, se cierran las puertas del debate racional y en su lugar se abren las del debate sentimental, de la especulación y del ejercicio de argumentaciones psicologistas dentro de ellas; y ahora sí, respondiendo a la pregunta, encontramos dos comunes:

 

El Falso Dilema y el Argvmentvm ad hominen.

 

Dentro de los argumentos que solo buscan una presión psicológica en la victima encontramos al falso dilema, el falso dilema es una situación en donde de las múltiples alternativas existentes en un contexto determinado, adrede, solo se reducen a dos, para garantizar que no puedas escoger otras vías que no sean las dadas por el que te increpa.

 

Ejemplo 1: Una chica “A” esta a favor del aborto y le pide a su amigo “B” que la acompañe a una marcha para la despenalización del aborto. El amigo por x razones no puede asistir, y la chica para obligarlo a que vaya le dice:

 

Falso dilema: Si vas a la marcha estas a favor del aborto, si no vas estas en contra. Decide ¿o estas a favor del aborto, o en contra?

 

Ejemplo 2: Una hija le pide a su madre permiso para un campamento, sin embargo la madre anteriormente había quedado con su hija en que esta la acompañaría al cumpleaños de la tía Teresa, ésta quiere ir al campamento, como no hay acuerdo, la madre sentencia:

 

Falso dilema: Decide, a quien quieres más, ¿a tus amigas, o tu madre?

 

En el primer caso, ¿se sigue del mero hecho de que el amigo no pueda asistir a la marcha, que este no muestre su aceptación al aborto? Por supuesto que no. Así mismo, en el segundo caso, ¿se sigue del hecho de que la hija quiera ir al campamento con sus amigas en lugar de acompañar a su madre al cumpleaños de la tía Teresa, que menosprecia o la quiere menos que a sus amigas? Definitivamente no.

 

Es así que tenemos el siguiente escenario:

 

Si estas a favor de la Unión Civil entre personas del mismo sexo, estas a favor de los homosexuales; si no estas a favor de la Unión Civil entre personas del mismo sexo entonces estas en contra de los homosexuales.

 

Falso Dilema: Decide: ¿o estas a favor de la unión civil, o estas en contra?,

 

De esto ultimo, acaso del solo hecho que no se este de acuerdo con la unión civil homosexual ¿se sigue que se odie a los homosexuales? Definitivamente la respuesta es un rotundo no.

 

Es así que, el uso de falsos dilemas por parte de los lobbys gays es una estrategia de coacción psicológica más, reduciendo con ello la capacidad de decisión al disminuir tus opciones de decisión sobre el tema, aprovechándose, este argumento falaz, de la renuencia actual de la gente a que se le llame intolerante.

 

Sumado a esta estrategia también tenemos al Argvmentvm ad hominem, este es el argumento dirigido contra el hombre, es un tipo de falacia –razonamiento incorrecto– del lenguaje común, que se perfecciona cuando se ataca a la persona que hace la afirmación, en vez de refutar la verdad de su argumentación.

 

Ejemplo:

 

“X persona esta en contra de la unión civil entre homosexuales basando su posición y argumentación en la ciencia jurídica, sus opositores en lugar de rebatir sus argumentos comienzan a insultarlo sin más, llamándolo intolerante, atrasado, homofóbico, fundamentalista católico, mente estrecha, cavernario, fujimorista, cochino reaccionario, etc.”

 

2.- ¿Los homosexuales pueden reclamar estar siendo discriminados? ¿Los pedófilos luego reclamarán que haya apertura en cuanto al amor?

 

El argumento de la discriminación pareciese que es el más acertado cuando de la aceptación dentro de nuestro ordenamiento jurídico de la Unión Civil entre personas del mismo sexo se trata; en nuestro medio, de un análisis hermenéutico de la Constitución Política del Perú se podría inferir una suerte de aparente inconstitucionalidad, ya que la Constitución en su articulo 2, inciso 2 prohíbe la discriminación basada en motivo de sexo que conduce a una discriminación por orientación sexual, así como también prohíbe cualquier y todas las demás formas de discriminación; sin embargo, a pesar de ello, circunscribe y plantea como principal requisito tanto para el Matrimonio como para la Unión Civil –que es una forma de “Unión Estable de dos personas para cumplir fines semejantes al matrimonio”[3]– la heterosexualidad de los sujetos:

 

“Articulo 4 de la Constitución Política del Perú, párrafo 2.- La forma del matrimonio y las causas de separación y de disolución son reguladas por la ley.”

 

“Articulo 5 de la Constitución Política del Perú.- La unión estable de un varón y una mujer, libres de impedimento matrimonial, que forman un hogar de hecho, da lugar a una comunidad de bienes sujeta al régimen de la sociedad de gananciales en cuanto sea aplicable.”

 

Esta aparente inconstitucionalidad no ha sido un fenómeno aislado, sino que ha sido el catalizador principal que ha puesto en duda el hecho de si la aceptación de la unión civil homosexual dentro de los ordenamientos jurídicos es realmente un presupuesto inconstitucional; muchos países bajo grandes presiones de estos lobbys han optado por la vía más fácil, es decir, antes que discutir inteligentemente sobre el tema a partir de presupuestos basados en la ciencia jurídica, se ha seguido un afán meramente populista para dar aparentes aires de modernidad y mantener su estatus progresista ante los ojos de un mundo moderno que rechaza la intolerancia a como de lugar, dejando de lado todo presupuesto objetivo y dando paso a los subjetivismos y sentimentalismos que hace un momento hacíamos alusión, tan negativos y nefastos para el conocimiento científico; pero ¿hay realmente discriminación?, ¿hay realmente inconstitucionalidad? Para responder a estas preguntas debemos primero aclarar un derecho fundamental y primigenio de la persona humana, el derecho a la igualdad.

 

“Articulo 2 de la Constitución Política del Perú.- Toda persona tiene derecho:

 

2. A la igualdad ante la ley. Nadie deber ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole.”

 

“Contrariamente a lo que pudiera desprenderse de una interpretación literal, – que es lo que siempre se efectúa por los neófitos jurídicos lamentablemente– estamos frente a un derecho fundamental que no consiste en la facultad de las personas para exigir ser tratado igual que los demás, sino para ser tratado de igual modo con aquellos que se encuentran en una idéntica situación.”[4]Para entender plenamente esta figura, el más claro ejemplo es la imposibilidad de otorgar el trabajo de controlador de tráfico aéreo a una persona que es ciega, y ello es claro ejemplo de lo que se concluye a continuación: La igualdad, “como tal, quiere decir que no toda desigualdad constituye necesariamente una discriminación, pues no se prohíbe toda diferencia de trato en el ejercicio de los derechos fundamentales, sino que la igualdad solamente es violada cuando dichas discriminaciones están desprovistas de una justificación objetiva y razonable.”[5] Por ende, diferenciación no es lo mismo que discriminación.

 

Es así que el hecho de que solo se circunscriba la naturaleza y el requisito de heterosexualidad tanto en el Matrimonio como en la Unión Civil, es un claro ejemplo de diferenciación que “está constitucionalmente admitida”[6], ya que por la naturaleza de las uniones homosexuales, en ello:

 

  • “Imposibilidad de engendrar hijos biológicos comunes.
  • Imposibilidad de educar hijos con los roles de hombre y mujer diferenciados.
  • Incapacidad de la unión intersexual para la continuación de la especie.

 

  • Ineptitud para la transmisión de los valores culturales tradicionales al no haber descendencia en común.”[7]Los imposibilitan de cumplir las características y los requisitos que el Matrimonio –y la Unión Civil en tanto cumple fines semejantes al matrimonio en aras de poder promover el matrimonio en si como un régimen más beneficioso tanto patrimonialmente como en materia de herencia, adopción, alimentos, etc. – exige como institución familiar creada para todo a lo que las uniones homosexuales se encuentran incapacitadas, es así que, recordando el ejemplo de arriba, los homosexuales serian los ciegos imposibilitados de ejercer el trabajo de controlador de trafico aéreo. Sin embargo, muchos homosexuales creen erróneamente que la institución del matrimonio solo cumple un fin patrimonial y afectivo, cuando ello es solo una arista de su génesis primordial, he ahí su error, y he ahí la razón de la imposibilidad rotunda de otorgarles dicha prerrogativa, puesto que al final de cuentas, la Unión Civil fue creada para promover a las parejas a contraer Matrimonio, por ende ello es su objetivo final –del Lobby Gay–, convertir el afecto en un presupuesto de análisis jurídico, cuando el derecho, la ciencia jurídica, para la construcción normativa utiliza criterios objetivos y de utilidad social. “El derecho no regula sentimiento ni afectos, tan simple como eso”, la misma institución del matrimonio, para conocimiento general, con la revolución francesa deja de ser vista según su naturaleza sacramental, considerándoselo a partir de ese entonces como un simple contrato. Lo mismo ocurre con el tema de los pedófilos, es el mismo pensamiento equivoco y falaz, sin embargo, el tema de la Unión Civil es muchos más abordable y debatible –dada su facilidad de ser interpretado de varias formas– que el de la institucionalización de la pedofilia como forma de expresión de la sexualidad, ello es simplemente una falacia dialéctica en todos sus extremos, inaceptable, en donde no hay debate posible, ni a priori y ni a posteriori. La pedofilia es una deviación del comportamiento sexual de una persona, un delito y como tal sancionado por el ordenamiento jurídico.

 

 

 

 

[1] RACHELS, James, “Introducción a la Filosofía Moral”, Fondo de Cultura Económica, Pág. 42.

[2] Ibídem, 43.

[3] ROSPLIGIOSI VARSI, Enrique, “Tratado de Derecho de Familia”, Tomo II, Gaceta Jurídica, Pág. 74.

 

[4] ARROYO LANDA, Cesar, “Los Principios Tributarios en la Constitución de 1993”, pp. 42-43.

[5] Ibídem, 43.

[6] Loc. Cit.

 

[7] ROSPLIGIOSI VARSI, Enrique, “Tratado de Derecho de Familia”, Tomo II, Gaceta Jurídica, pp. 430-431.